SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2014

Fecha: 25-Feb-2014

concedió

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 30 de 9 de septiembre de 2013, cursante de fs. 30 vta. a 31 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que las personas demandadas permitan el ingreso inmediato del personal al predio de su propiedad, con la finalidad de reparar los defectos que tiene la conexión de politubo para asegurar que el agua potable llegue al destino para el cual fue instalado y sea con el auxilio de la fuerza pública en caso necesario.

El argumento central del fallo señala que si bien en apariencia existiría una colisión entre el derecho a la propiedad de las personas ahora demandadas quienes aparentemente se encontrarían afectados por una servidumbre de paso respecto al derecho al agua potable del accionante; sin embargo, tal colisión no existe, por cuanto la conexión e instalación de politubos en el predio que presta la servidumbre es subterránea con sesenta (60) centímetros de profundidad que racionalmente no impide realizar actividades agrícolas, salvo las específicas. Además la servidumbre de paso data desde el 2006, que fue autorizada por “Paulina Chumacero”, encargada del predio en dicha oportunidad, por lo que la prohibición e impedimento por parte de los propietarios para el ingreso de personal a reparar la conexión de politubo constituye una notoria restricción y supresión del derecho de acceso al agua.