AUTO CONSTITUCIONAL 0106/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0106/2014-CA

Fecha: 13-Mar-2014

e)

e)  Solicitó la aplicación de medidas cautelares, mismas que conforme se tiene establecido en la SC 0664/2010-R de 19 de julio, debe estar debidamente fundamentado por el impetrante, precisando con claridad cuando menos los siguientes aspectos: “…a) el o los actos que pretende no se ejecuten; b) El daño o perjuicio irreparable que podría producirse de no adoptarse las medidas; c) la vinculación del hecho y el perjuicio o daño irreparable con el o los derechos que denuncia como vulnerados…” (las negrillas nos corresponden).