Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0537/2014
Fecha: 10-Mar-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de sus abogado, ratificó y reiteró los fundamentos expuestos en el memorial de interposición de la acción de libertad, razón por la cual a efecto de demostrar lo aseverado puso a vista del Tribunal de garantías el mandamiento de libertad expedido a su favor y acusó al Gobernador del Centro de Rehabilitación Palmasola de haber recibido el mandamiento de libertad el 28 de mayo de 2013 y no ejecutar el mismo por más de tres meses, debido a su negligencia y falta de conocimiento de su labor jurisdiccional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. El principio de celeridad procesal en los trámites vinculados al derecho a la libertad y la denominada acción de libertad traslativa o de pronto despacho.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo