SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2014

Fecha: 25-Mar-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 20 de marzo de 2013, el Fiscal de Materia demandado, libró mandamiento de aprehensión en su contra al amparo de lo dispuesto en el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin cumplir los requisitos de procedibilidad exigidos en la ley, esto es, sin haber cumplido con la debida fundamentación ni las exigencias materiales ni formales para ordenar de forma directa su aprehensión prescindiendo de  su  declaración  informativa  policial,  contradiciendo  el  entendimiento  de  las SSCC 0191/2004-R y 1641/2004-R y los arts. 57 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP) y 73 del CPP, que señalan que los fiscales deben formular sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica; hecho -que afirma- está demostrado en el cuaderno de investigación.