Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2014
Fecha: 25-Mar-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mediante Resolución de 4 de marzo de 2012, se le impuso la medida cautelar de detención preventiva a Luis Alonso Perilla Corso, la que guarda por más de diecinueve meses; por lo que el 3 de octubre de 2013, solicitó su cesación, sin que hasta la presentación de la presente acción de libertad, la Jueza ahora demandada, haya dictado decreto alguno, ni realizado la audiencia a fin de efectivizar su libertad, incurriendo en dilación indebida y lesión a su derecho a la libertad, por más de dos semanas, debido a la negligencia y falta de operatividad de la referida autoridad judicial.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Preventivo
- Correctivo
- Reparador
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto