AUTO CONSTITUCIONAL 0112/2014-RCA
Fecha: 24-Abr-2014
por no
El Tribunal de garantías, por Resolución de 19 de marzo de 2014, declaró por no presentada la acción tutelar, por considerar que la parte accionante no acreditó la legitimación pasiva conforme al art. 33.2 del CPCo, pese a haber emitido el decreto de 10 del mismo mes y año, que en su punto cuarto, ordenó se subsane dicho aspecto.
Al respecto, de la documentación adjunta se evidencia que el accionante, por memorial presentado el 28 de marzo de 2014, cursante de fs. 280 a 288, describe expresamente que la autoridad contra la cual dirige la acción de amparo constitucional es el Director Ejecutivo General de la AIT GENRAL, cargo ostentado por Daney Valdivia Coria, domiciliado en la Av. Víctor Sanjinés, 2057 de la zona de Sopocachi de La Paz, aclarando que la Resolución del recurso jerárquico AGIT-RJ 1616/2013, “fue firmada por Ernesto Mariño Borquez”.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- 1)
- por no presentada
- II.1. Marco normativo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- por no
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión