AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2014-RCA

Fecha: 24-Abr-2014

I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción

Por memorial presentado el 29 de marzo de 2014 (fs. 155 a 163 vta.), la entidad Bancaria accionante a través de su representante legal, manifiesta que dentro de la demanda social sobre reintegro, pago de beneficios sociales y otros, seguido por Gustavo Carrión Calderón contra ese Banco, las autoridades demandadas emitieron el Auto Supremo 002/2013 de 30 de septiembre, disponiendo el pago del bono de antigüedad por el lapso de dieciséis años y siete meses, determinación que considera vulneratoria de derechos y garantías; toda vez que, sólo deberían haberse tomado en cuenta los dos últimas gestiones, como señala el art. 120 de la Ley General del Trabajo (LGT), respecto al plazo de prescripción de derechos laborales, también se aplicó de forma equivocada el principio de “irretroactividad de la ley”, toda vez que la demanda data de 2004, mucho antes de la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado de 2009, que incorpora el art. 48.IV la imprescriptibilidad de derechos laborales.