AUTO CONSTITUCIONAL 0128/2014-CA
Fecha: 21-Abr-2014
Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Tribunal Supremo de Justicia
En consulta el Auto Supremo 021/2014 de 21 de febrero, cursante de fs. 125 a 129, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Tribunal Supremo de Justicia, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Jhonny Fernando Ramírez Prado en representación de la “Fundación Agrocapital”, demandando la inconstitucionalidad del art. 5 de la Resolución Normativa de Directorio 10-0030-05 de 14 de septiembre de 2005, por ser presuntamente contrario a los arts. 1, 56, 109.II, 116.II, 178.I y II, 323.II y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 9, 21 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Tribunal Supremo de Justicia
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- 4. En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR