AUTO CONSTITUCIONAL 0134/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0134/2014-CA

Fecha: 24-Abr-2014

II.4.  Normas comunes que deben cumplirse al momento de interponer este recurso

“1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.

Asimismo, cumplió con exponer los antecedentes que dieron lugar a interponer la acción de inconstitucionalidad concreta; identificó los preceptos cuestionados (arts. 1, 2 inc. e), 3 y 5 del DS 1802; artículo único del DS 1811, “art. 5” de la RM 774/13 y Resolución Biministerial 001/14), expresando su vinculación en la decisión del proceso administrativo; y, finalmente impetró en aplicación del art. 80 del CPCo, se promueva la presente acción y en sentencia constitucional plurinacional se declare la inconstitucionalidad en la forma y en el fondo de las disposiciones demandadas; en razón que, vulneran los arts. 8.II, 9.2, 14.II, 49.II, “56, 109, 178” y 410 de la CPE; y, 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.