SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2014

Fecha: 21-Abr-2014

concedió

Mediante Resolución 073/2013 de 29 de octubre, cursante de fs. 70 a 73, el Juez Sexto de Sentencia Penal del departamento de La Paz, concedió la tutela impetrada, disponiendo que las autoridades demandadas, en el término de tres días señalen audiencia de modificación de medidas cautelares, a objeto de que en forma positiva o negativa resuelvan dicha solicitud, con los siguientes fundamentos: 1) La uniforme jurisprudencia constitucional ha señalado que toda petición en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad de las personas, en cualquiera de sus formas, debe ser tramitada por las autoridades jurisdiccionales con la mayor celeridad posible y dentro de los plazos razonables que establece la norma, y de ninguna manera una audiencia de modificación de medidas cautelares puede estar supeditada a la declaración de un testigo o testigos; y, 2) Las autoridades demandadas al haber supeditado el señalamiento de la audiencia de modificación de medidas cautelares hasta que concluya la declaración del testigo Jorge Méndez Roca, han infringido y desconocido la jurisprudencia constitucional, que por mandato del art. 203 de la CPE, tiene carácter vinculante.