SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2014

Fecha: 21-Abr-2014

denegó

La Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 20/2013 de 20 de septiembre, cursante de fs. 12 a 13, por la cual denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Las medidas cautelares impuestas pueden ser modificadas aún de oficio; por lo que, el accionante pudo solicitar la modificación de las medidas sustitutivas con la prueba pertinente para viabilizar su pretensión ante el Juez de la causa; ii) El accionante considera que las medidas cautelares que se le impusieron equivalen a una triple sanción sin tomar en cuenta que no constituyen una condena, pues están dirigidas a asegurar el cumplimiento de las obligaciones procesales; y, iii) Se advierte que el accionante no asistió a las audiencias convocadas para considerar su solicitud de modificación de medidas sustitutivas como la fianza económica y de forma negligente no hizo uso de los recursos que la ley le otorga para hacer valer sus derechos, por el contrario, pretende provocar una supuesta enemistad con el Juez demandado para recusarlo y no someterse al proceso donde esta autoridad ejerce control jurisdiccional, aspectos que no se encuentran dentro de los alcances del art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE).