SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2014

Fecha: 25-Abr-2014

a)

El accionante, se ratificó en los términos expuestos en la acción de libertad; asimismo, aclaró lo siguiente: a) Que está detenido hace tres años, ilegalmente porque trabajaba como albañil con la persona que lo denunció; y, b) Solicitó que se le otorgue su libertad, ya que tiene un buen comportamiento, también certificado de trabajo.

El accionante, denunció que la autoridad demandada vulneró su derecho al  debido proceso, al principio de inmediatez, celeridad y a la seguridad jurídica, toda vez que dentro el proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra por la presenta comisión del delito de robo, las autoridades demandadas realizaron los siguientes actos ilegales: a) El Fiscal de Materia, incurrió en retardación de justicia, al no haber presentado el correspondiente requerimiento conclusivo, más aún cuando no se solicitó la ampliación de la etapa preparatoria; y, b) El Juez Primero de Instrucción en lo Penal, no conminó al Ministerio Público en su debido momento para que presente el requerimiento conclusivo por lo que perdió competencia, además que habiendo solicitado ante esta autoridad la extinción de la acción penal, hasta la fecha no existió un pronunciamiento.