SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2014

Fecha: 30-Abr-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A querella impetrada por Rodolfo Crespo Monroy, bajo el control jurisdiccional del Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, se instauró un proceso penal contra Amalia Skubbe Suárez, Manuel Llorenti Barrientos, Ana María Ávila Rodal, Carlos Rodolfo Schenstrom Mancilla, Gustavo Adolfo Luna Uzquiano y su persona, proceso que concluyó con el rechazo de la querella por parte del representante del Ministerio Público.

Sin embargo, pese a que el fiscal rechazó la querella, el 13 de abril de 2013, el querellante volvió a interponer otra, por las mismos hechos, contra las referidas personas por la comisión de los delitos de estafa, estelionato y organización criminal, razón por la que presentó objeción a la querella; pero la autoridad judicial demandada, dejándolo en estado de indefensión, prolongó el señalamiento de la audiencia para su consideración y aún no resolvió dicho incidente.

Asimismo, señala que planteó incidente de actividad procesal defectuosa que tampoco fue resuelta por la autoridad demandada; declarándose posteriormente incompetente para resolver la objeción de la querella y otros incidentes planteados, con el argumento de que la Fiscal de Distrito, había autorizado la conversión de la acción, a solicitud del querellante.