AUTO CONSTITUCIONAL 0156/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0156/2014-CA

Fecha: 20-May-2014

duda razonable y fundada

Definiendo los alcances de estos artículos, se concluye que esta acción tiene por finalidad: “…someter al control de constitucionalidad una disposición legal, sobre cuya constitucionalidad surge una duda razonable y fundada, en aquellos casos concretos en los que debe ser aplicada para resolver un proceso judicial o administrativo, a objeto de que el órgano competente someta a juicio de constitucionalidad para verificar su compatibilidad con la Constitución” (José Antonio Rivera Santivañez, Jurisdicción Constitucional, pag. 251.) (el resaltado es nuestro).

Además de ello, resulta necesario determinar la relevancia constitucional que tendrá con la decisión a asumirse; en tal sentido, debe fundamentarse claramente de qué forma el precepto legal que se cuestiona de inconstitucional van a ser aplicadas dentro del fallo final; en definitiva, lo que se busca es que las autoridades judiciales o administrativas no basen sus determinaciones en normas inconstitucionales. En torno a ello el AC 0713/2012-CA de 22 de agosto, puntualizó: “…esta acción constituye un proceso constitucional, a través del cual se somete a juicio de constitucionalidad una disposición legal confrontando sus normas con las de la Constitución Política del Estado, para determinar si hay contradicción en sus términos, con el objeto de realizar el control correctivo de la norma y así depurar del ordenamiento jurídico del Estado; en síntesis, lo que se busca es que al resolver un proceso judicial o administrativo en cualquiera de sus instancias, en la decisión final no se aplique una norma inconstitucional”.