AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2014-CA
Fecha: 27-May-2014
II.3. Análisis del caso concreto
La accionante solicita se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta, argumentando que el decreto ley, no está reconocido por la Constitución Política del Estado; por lo que dicha norma carece de validez jurídica; asimismo, el art. 184 de la Ley de Seguridad Social Militar, aprobada por el DL 11901; tildado de inconstitucional, le asigna al Tribunal de Justicia Militar una competencia administrativa como es la atribución de conocer las apelaciones concedidas por el tribunal inferior, pero no así los que provengan de otras instituciones, menos si éstas son administrativas, como en su caso; de donde se tiene, que la acción impetrada carece de fundamento jurídico-constitucional, pues no precisa con claridad las razones o motivos por los que considera que la disposición tachada de inconstitucional es contraria a la Ley Fundamental, de igual forma, tampoco señala que la determinación dentro el proceso administrativo que se ventila en la jurisdicción militar, dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del artículo impugnado.
- Sala de Apelaciones y Consulta del Tribunal Supremo de Justicia Militar
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada'
- RATIFICAR