SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2014
Fecha: 14-May-2014
denegó
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 54 de 22 de octubre de 2013, cursante de fs. 37 a 41, denegó la tutela solicitada, con el fundamento que Wilber Lazo Quintanilla, debió efectuar su reclamo ante la autoridad judicial encargada del control jurisdiccional -Jueza Octava de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz- para que en su caso reponga actuados, ya que no se tiene competencia para conocer el reclamo del accionante a través de la acción de libertad que está destinada a reponer derecho y garantías lesionados o vulnerados, máxime si éste no fundamentó sobre una presunta restricción de libertad, sino que alega cuestiones que hacen referencia a la violencia intrafamiliar y las medidas de protección asumidas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor
- III.2.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR