SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2014
Fecha: 14-May-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso de violencia familiar o doméstica -art. 272 bis del Código Penal (CP)-, que le sigue el Ministerio Público a denuncia de Basilia Koyo Chura, la Fiscal de Materia demandada, recibió su declaración informativa y al concluir, ésta emitió la Resolución Fiscal de 15 de agosto de 2013, por la que le impuso una serie de medidas entre las cuales se le ordenó la salida inmediata del domicilio común, prohibición de acercarse a la denunciante y víctima -su conviviente-, se someta a una terapia psicológica a efecto de determinar su grado de agresividad; además, se suspendió el régimen de visitas y convivencia con sus hijos, hasta que se realice la valoración psicológica, debiendo demostrar que no es una persona agresiva.
Asimismo, dispuso que en caso de incumplimiento de esas medidas, se requeriría de forma inmediata el arresto de acuerdo a ley, así como la puesta a disposición de la autoridad jurisdiccional, solicitando la aplicación de la detención preventiva en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”. Ante esta situación, se refugió en un residencial, sin poder sacar sus pertenencias, constituyéndose en un desprendimiento repentino y abusivo de sus dos hijos, ocasionándoles daño psicológico a éstos.
La autoridad demandada, con su accionar -procesamiento indebido en su contra- contravino la Sentencia 33 de 15 de agosto de 2013, dictada por la Jueza Segunda de Partido de la Niñez y Adolescencia del departamento de Santa Cruz, quien declaró improbada su demanda de guarda de menor; pero, le impuso un régimen de visitas. Por último, “La actuación de la Representante del Ministerio Público fue muy parcializada no valoró los antecedentes de la Resolución Judicial, referente al régimen de visitas, a la separación violenta de mis dos pequeños hijos y de mis bienes…” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor
- III.2.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR