SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2014

Fecha: 15-May-2014

III.2.  Análisis del caso concreto

La jurisprudencia desarrollada anteriormente es aplicable al caso concreto, por cuanto los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos por parte de los Vocales demandados quienes conocieron el recurso de apelación restringida planteada, contra la Sentencia condenatoria emitida en su contra por el Tribunal Primero de Sentencia Penal, pronunciando en consecuencia el Auto de Vista por el que declaran inadmisible el recurso planteado; y notificado dicho Auto las referidas autoridades no verificaron que la diligencia de notificación se había practicado en su domicilio procesal y no así de forma personal como lo determina el art. 163 del CPP.

Los accionantes señalan que a raíz de la notificación irregular, no tuvieron conocimiento del Auto de Vista emitido en apelación y no pudieron interponer el recurso de casación dentro del plazo establecido, razón por la cual la Sentencia de primera instancia fue ejecutoriada y se emitieron en su contra los respectivos mandamientos de condena.