SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2014

Fecha: 23-May-2014

denegó

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 14/2013 de 14 de noviembre, cursante de fs. 78 a 84 vta., denegó la acción tutelar solicitada, con los siguientes fundamentos: a) De la documental aparejada solo se tiene acreditado el derecho propietario; empero, sobre el avasallamiento a sus terrenos no se adjuntó prueba idónea, puesto que acompaño prueba relacionada a una anterior vía de hecho, de la cual también hubiere sido víctima el hoy accionante y como bien  señaló el mismo, éstas ya fueron desalojadas a través de un proceso ordinario que se les instauró; b) No se aparejó documental que demuestre de manera cierta el avasallamiento denunciado y que se evidencia lo denunciado como la destrucción del enmallado que delimitaba su terreno, el trabajo que realizó por años en los predios, destrucción de plantaciones o construcciones precarias; c) Que el propio accionante en audiencia refirió que las fotos fueron tomadas en julio o agosto; sin embargo, los hechos que denuncia sucedieron en el mes de septiembre, por lo que el único medio de prueba que supuestamente acredita las medidas de hecho, fueron adquiridas antes de que ocurrieran los supuestos hechos; d) No se cumplieron los presupuestos para la activación del amparo constitucional ante vías de hecho establecidos en la jurisprudencia constitucional, como ser la acreditación objetiva de la medida de hecho; y, e) Sobre las lesiones al principio de seguridad jurídica, conforme la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la acción de amparo constitucional tiene como finalidad proteger derechos fundamentales y garantías constitucionales y no así principios.