Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0136/2014-RCA
Fecha: 02-Jun-2014
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
Estiman vulnerados los derechos a la vida, a la integridad física, psicológica, a la salud, al trabajo digno sin discriminación, a un salario justo, a la protección a la familia y a la seguridad social, citando al efecto los arts. 15.I.II y III, 18, 35.I, 46.I, 48.I.II.III y IV, 49.I y III, 62, 115 y 312.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedencia “in limine”
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre al carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos
- 2)
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- CONFIRMAR