AUTO CONSTITUCIONAL 0145/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0145/2014-RCA

Fecha: 11-Jun-2014

II.3.  Análisis del caso concreto

Corresponde señalar que, los accionantes plantearon esta acción solicitando se deje sin efecto el Auto Supremo 655, porque fue pronunciado, tal como aluden, aplicando y omitiendo normativa que regula el ámbito de la seguridad social. Ahora bien, al unísono de lo desarrollado en el Fundamento Jurídico II.2, corresponde que el Tribunal de garantías admita la acción y continúe con la tramitación procesal hasta la dictación de la resolución acorde a derecho; toda vez que, como se incidió, a partir del cambio jurisprudencial, las reglas exigidas no se constituyen en imperativos, sino en instrumentos argumentativos que sirven de soporte en la interposición de las demandas tutelares y cuya omisión no da lugar a la denegatoria o rechazo, estando obligados los jueces y tribunales de garantías a su consideración, todo ello en procura de la vigencia material de los derechos. 

Es de advertir que, la presente acción cumplió con los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 33 del CPCo; identificando el nombre y apellido y generales de ley de la parte accionante, así como, con señalar el nombre y domicilio de la parte demandada, firmando el memorial un abogado, en el que con claridad se establece la relación de los hechos; asimismo, mencionó los derechos y garantías supuestamente lesionados y su petitorio.