Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
demandando la inconstitucionalidad de los arts. 27.6, 188.1, 196, 198, 199 y 202 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), con relación al Acuerdo 165/2012 de 10 de julio, del Consejo de la Magistratura que aprueba el Reglamento del Régimen Disciplinario
Fecha: 30-Jun-2014
Interpuesto por: Osvaldo Gustavo Corcus Romero,
Interpuesto por: Osvaldo Gustavo Corcus Romero, ante el Pleno del Consejo de la Magistratura demandando la inconstitucionalidad de los arts. 27.6, 188.1, 196, 198, 199 y 202 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), con relación al Acuerdo 165/2012 de 10 de julio, del Consejo de la Magistratura que aprueba el Reglamento del Régimen Disciplinario para el Personal Judicial de la Jurisdicción Ordinaria, de la Jurisdicción Agroambiental y Personal de Apoyo Judicial de ambas jurisdicciones en sus arts. 22, 37, 41, 43, 44, 45, 47, 49, 53 y 55 por ser presuntamente contrarios a los arts. 7, 8, 14, 21, 22, 28, 115.II, 116, 117.I, 119.II, 120, 230.IV, 256 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).