SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01233/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01233/2014

Fecha: 16-Jun-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Agrega que, el 11 de octubre de 2013, el referido Juez, dispuso la cesación de la detención preventiva aplicando medidas cautelares de carácter personal, entre ellas la presentación de dos garantes personales que cumplan los requisitos del art. 243 del Código Procesal Penal  (CPP), quienes debían ser constituidos en audiencia.

A este efecto, por memorial de 18 de noviembre del mismo año, presentó memorial solicitando señalamiento de audiencia de constitución de fiadores, pretensión que siendo deferida por la autoridad ahora demandada, que asumió el conocimiento del proceso en suplencia de su similar Primero, fue señalada para el 27 de igual mes y año a partir de horas 09:25.

En la fecha indicada, la autoridad ahora demandada llevó a cabo otra audiencia y no obstante de que permanecieron en estrados judiciales esperando se instale el verificativo señalado, fueron informados por la Secretaria del Juzgado, que el acto había sido suspendido por el juez que se encuentra suplencia, sin siquiera haberse instalado y sin señalar nueva fecha para la constitución de fiadores.