Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1002/2014
Fecha: 05-Jun-2014
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 16 de octubre de 2013, dentro de la denuncia penal de referencia, Reynaldo Mamani Calle, en su condición de padre de Pedro Mamani Vásquez, se apersonó ante la autoridad demandada, manifestando que se dejó en indefensión a su hijo por practicarse la notificación con la denuncia en un domicilio donde no se encontraba, solicitando se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión expedido por el Fiscal asignado al caso (fs. 11 y vta.).