SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1030/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1030/2014

Fecha: 06-Jun-2014

a)

Crisóstomo Mancilla Paco, Juez de Instrucción en lo Penal y Mixto de Poroma del departamento de Chuquisaca, en el informe escrito que cursa de fs. 14 a 15, señaló lo siguiente: a) El accionante se sometió a un proceso abreviado, y fue condenado a tres años de privación de libertad, por la comisión de los delitos de homicidio, lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito y lesiones culposas, otorgándosele la suspensión condicional de la pena, en cuya Resolución se dispuso “emítase el mandamiento de libertad una vez que esté ejecutoriada la presente determinación” (sic); b) Dictada la Resolución, el accionante no solicitó complementación, enmienda conforme el art. 125 del CPP, por lo cual consintió la determinación y se sometió a la misma; c) Concedió la suspensión condicional de la pena, tomando en cuenta que existieron víctimas múltiples y bajo el derecho que tienen los afectados de apelar dicha medida; y, d) Al pedido de que se libre mandamiento de libertad de 6 de diciembre de 2013, dispuso que se esté a lo determinado en Sentencia de 18 de noviembre de 2013, porque no se encontraba ejecutoriada la Resolución, estando vigente el plazo para apelar la misma.