Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1161/2014
Fecha: 10-Jun-2014
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante ratificó la acción planteada, reiterando que le llevó días ubicar el Juzgado donde estaba radicado su proceso; sin embargo, una vez que lo encontró, se constató que en el mismo no cursa el acta de audiencia de medidas cautelares, lo que le perjudica e impide solicitar la cesación de la detención preventiva, por la negligencia e irresponsabilidad del Juzgado que conoció la causa, acudiendo por ello a la presente acción de libertad para que se dicte sentencia de libertad irrestricta, en consideración de que se encuentra detenido por más de tres años.