Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1234/2014
Fecha: 16-Jun-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante reitero el contenido de su demanda, haciendo hincapié, en que las medidas sustitutivas le fueron impuestas a Reynaldo Delgado Sardina el 16 de diciembre de 2013 y que el trámite de arraigo se inició el 19 de igual mes y año, sin que hasta la fecha de presentación de la acción de libertad, el certificado de arraigo hubiera sido emitido.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- el plazo para expedir el correspondiente certificado de arraigo no debe exceder de las veinticuatro horas, por depender del mismo la materialización de la libertad física de la persona interesada