SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1296/2014
Fecha: 23-Jun-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue detenido cuando se apersonó a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) a objeto de firmar garantías, sin haber sido notificado o citado previamente con la denuncia o querella, mucho menos con un comparendo para que se presente a declarar; asimismo, su detención fue por más tiempo de lo permitido.
Con el fin de asumir defensa se hizo presente su abogado, quien no tuvo acceso al cuaderno de investigaciones y tampoco pudo contactarse con la investigadora asignada al caso, Santusa Chávez Ramos, funcionaria policial que debió tomarle su declaración informativa; por lo que ignora los motivos de su detención y no tiene acceso a los antecedentes del caso concreto.
Posteriormente, la representante del Ministerio Público dispuso que otra persona reciba su declaración informativa, es decir el “Sgto. Copa”, quien desconocía los supuestos hechos de su detención y se negaba a escribir lo que el accionante declaraba, así como la Fiscal no se encontraba presente al momento de prestar su declaración, pues se limitó a hacerle conocer sus derechos y luego se retiró; asimismo incurrió en demora injustificada al no dar aviso al Juez cautelar dentro del término legal, incumpliendo con sus deberes, siendo estos hechos los que violan sus derechos constitucionales y convenios internacionales. Por otro lado, la Fiscal de materia asignada al caso, dispuso su aprehensión al existir supuestamente peligro de fuga y obstaculización, lo cual no es cierto.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionaria policial demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor,
- III.2.
- CONFIRMAR