SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1324/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1324/2014

Fecha: 30-Jun-2014

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 70 de 29 de octubre de 2013, cursante de fs. 12 vta. a 14, concedió la tutela impetrada, con los siguientes argumentos de orden jurídico constitucional: 1) Los delitos por los que la Fiscal ahora demandada imputó -desobediencia a la autoridad y supresión o destrucción de documento-, son tipos penales cuya sanción no prevé la privación de libertad, sólo días multa; 2) Ninguno de los dos casos se encuentra dentro del margen del art. 233 del CPP, sino del art. 232 del mismo cuerpo legal, en el que si bien procede el arresto, este debía durar sólo ocho horas y no treinta y seis; y, 3) A pesar de que el ahora accionante se encuentra en libertad, cabe entrar a analizar la denuncia de la aprehensión ilegal y la vulneración al derecho a la libertad, puesto que partiendo del análisis de los arts. 160 y 202 del CP, y con relación a la aprehensión, de acuerdo a las facultades que tiene la policía para arrestar, no correspondía mantener una detención o aprehensión por treinta y seis horas, considerando además que la Jueza cautelar dispuso su libertad bajo el argumento que no se habría cometido delito, sino una infracción.