SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1328/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1328/2014

Fecha: 30-Jun-2014

1)

Nelson Quisbert Copa, Fiscal de Materia, en audiencia señaló lo siguiente: 1) En el cuaderno de investigaciones, no existe ninguna resolución de aprehensión; asimismo, no se ha demostrado que exista peligro en su contra o haya sido indebidamente procesado, si tenía temor de ser aprehendida, podía presentar memorial solicitando día y hora de audiencia; es decir, que no agotó el principio de subsidiariedad; 2) Lo que busca la accionante es amedrentarle, perjudicándole en las actividades que realiza, además no existe ningún mandamiento de aprehensión que se haya expedido, al contrario, existe obstaculización en la averiguación de la verdad histórica de los hechos, lo que se va hacer es aplicar el art. 224 del CPP, a objeto de que la accionante preste su declaración sobre los hechos; 3) La accionante señala que encontró una citación en su domicilio que no lleva su nombre; sin embargo, se evidenció que ella recepcionó la misma; por otra parte, indica que existe persecución indebida, pero el mandamiento es justamente para que preste su declaración informativa; y, 4) Siempre estuvo sometido al control de la autoridad jurisdiccional la accionante, en ningún momento fue detenida indebidamente; solicitando se rechace la presente acción de libertad.