Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1336/2014
Fecha: 30-Jun-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso, libertad de locomoción, ello debido a la falta de pronunciamiento de la autoridad demandada en relación al incidente de actividad procesal defectuosa presentado el 11 de octubre de 2013, el mismo que no tuvo respuesta dentro los plazos determinados por ley, reiterando dicha solicitud el 5 de diciembre del mismo año, solicitando una respuesta al incidente planteado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2.
- CONFIRMAR