Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2014-CA
Fecha: 08-Jul-2014
de la tramitación del proceso judicial o administrativo,
A su vez el artículo 81 del referido cuerpo normativo, prevé que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia” (las negrillas son nuestras).
- rechazó
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- de la tramitación del proceso judicial o administrativo,
- II.3. Análisis del caso concreto
- que de manera ineludible deben ser considerados para formular el incidente de inconstitucionalidad
- RATIFICAR