AUTO CONSTITUCIONAL 0243/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0243/2014-CA

Fecha: 21-Jul-2014

representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería

Por su parte el art. 24.I.1 del CPCo, para la admisibilidad del recurso exige el cumplimiento de requisitos formales, estableciendo: “Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería…” (las negrillas son nuestras).