SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1434/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1434/2014

Fecha: 07-Jul-2014

III.1. Sobre la citación con la demanda de acción de libertad a la autoridad demandada

La jurisprudencia constitucional, en la SCP 0427/2012 de 22 de junio, reiterada por las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 2209/2012, 2486/2012, 0770/2013 y 0254/2014, respecto a la citación con la demanda de acción de libertad a la autoridad o persona demandada estableció: “El art. 68 de la LTCP, en concordancia con el art. 126.I de la CPE, establece el procedimiento a seguirse en la tramitación de la acción de libertad, específicamente respecto a las citaciones con la demanda, previendo que este acto comunicacional debe efectuarse únicamente en sus dos modalidades, personal y por cédula.