SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1484/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1484/2014

Fecha: 16-Jul-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue denunciado por Suelin Fabiola Ustariz, el 6 de mayo de 2013, por la presunta comisión del delito de violación en estado de inconsciencia y como resultado de ello, el 17 del mismo mes y año, la Fiscal de Materia presentó imputación formal en su contra por aquel delito, ante el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal.

Sostiene que, la Fiscal de Materia efectuó una imputación, basada en un delito que ya no existe en la normativa penal; es decir, violación en estado de inconsciencia, art. 308 Ter del Código Penal (CP), al haber sido derogado por la Ley 348 de 9 de marzo de 2013; en consecuencia, fue privado de libertad por una figura jurídica inexistente, extremo que debió ser observado por el Juez Décimo Cuarto de Instrucción en lo Penal, a momento de conocer la imputación formal, y conminar a la Fiscal de Materia, para que la corrija, en aplicación del art. 54.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo no lo hizo, permitiendo que la audiencia de aplicación de medidas cautelares celebrada el 18 de mayo de 2013, se lleve adelante a pesar del vicio procesal existente, que derivó en su detención preventiva en el Centro de Rehabilitación “Palmasola” Santa Cruz.

En vista de ello, interpuso recurso de apelación incidental ante el superior en grado, habiendo radicado en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, autoridades que incumplieron su labor, toda vez que tenían la obligación de examinar si lo actuado se hallaba dentro del marco legal y al establecer que la investigación se llevó a cabo aplicando normas que no se encontraban en vigencia, se encontraban en la obligación de anular obrados y disponer en el acto su libertad, conminando a la autoridad Fiscal, para que realice una imputación sobre la base de normas en vigencia; extremo que sin embargo no ocurrió, permitiendo en consecuencia que se cometa la vulneración de sus derechos constitucionales, privándole de su libertad; motivo por el que se encuentra ilegal e indebidamente procesado por una figura jurídica inexistente, poniendo en riesgo su derecho a la salud debido a su privación de libertad.