SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1529/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1529/2014

Fecha: 16-Jul-2014

III.4. Análisis del caso concreto

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa y a la justicia oportuna, manifestando que dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, la Jueza a quo, mediante Resolución 03/2014 de 10 de enero, determinó su detención preventiva, sin fundamentar sobre los riesgos procesales; Resolución que al ser recurrida de apelación, fue dejada sin efecto por los Vocales de Sala Penal Tercera, sin pronunciarse  respecto a su libertad, disponiendo la devolución del cuaderno procesal ante el Juez a quo para que fundamente su fallo en el plazo de veinticuatro horas.

De la compulsa de los antecedentes que han sido remitidos a este Tribunal, se ha evidenciado que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la ahora accionante, por el presunto delito de cohecho pasivo propio, el Juez Décimo Primero de Instrucción en lo Penal codemandado, una vez celebrada la audiencia de aplicación de medidas cautelares de carácter personal, pronunció la Resolución 03/2014 de 10 de enero, disponiendo la detención preventiva de la ahora accionante, Resolución que fue objeto del recurso de apelación en la misma audiencia, de conformidad al art. 251 del CPP.