AUTO CONSTITUCIONAL 0188/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0188/2014-RCA

Fecha: 01-Ago-2014

Fragmento 7

         Del análisis de los antecedentes, se tiene que el Tribunal de garantías notificó al accionante con la Resolución de improcedencia de la presente acción de defensa, el 9 de junio de 2014 (fs. 250), presentando solicitud de enmienda y complementación el 11 de igual mes y año (fs. 251 a 252), así como formuló impugnación a la referida Resolución el 13 del mismo mes y año (fs. 254 a 255), la cual fue resuelta por los Vocales de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, sin pronunciarse respecto a la enmienda y complementación; además que, luego de conocer la impugnación resolvió la recusación, por lo que si bien correspondería requerir que dicha Sala se pronuncie al respecto, por economía procesal, y al observar que esta petición como la recusación fueron interpuestas antes de la impugnación, no se tomará en cuenta el plazo para impugnar desde la notificación con la declaración de improcedencia, sino que debe considerarse que existe un memorial de enmienda y complementación que no fue resuelto, por lo que la Comisión de Admisión procederá a analizar la objeción determinando la admisión o rechazo de la acción de amparo.