AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2014-RCA
Fecha: 13-Ago-2014
I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
Por memorial presentado el 11 de julio de 2014, cursante de fs. 86 a 92 vta., el accionante manifiesta que el 17 de octubre de 2001, Mauricio Fabián Valdez Salinas, formuló demanda laboral en su contra, por el pago de beneficios sociales y derechos laborales, dentro del cual se emitió la Sentencia de 27 de diciembre de 2012, dictada por la Jueza Primera de Partido de Trabajo y Seguridad Social del departamento de Cochabamba (fs. 53 a 55), declarando probada la demanda laboral en todas sus partes e improbada respecto a la contestación formulada por el hoy accionante, Resolución que fue apelada; instancia en la que el Tribunal de alzada dictó el Auto de Vista 193/2013 de 18 de septiembre, confirmando en parte la Resolución de la Jueza de primera instancia. Ante esa circunstancia, recurrió en casación, previa la cancelación de los aranceles judiciales, concediéndole el recurso por Auto de 7 de marzo de 2014, haciendo notar la siguiente determinación: “…En consecuencia, se eleve el expediente ante el Tribunal Supremo de Justicia, previa notificación de partes, debiendo el recurrente proveer los recaudos de ley en el plazo estipulado por el Art. 212 del Código Procesal de Trabajo” (sic).