AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2014-RCA
Fecha: 21-Ago-2014
improcedencia
El Juez de Partido Mixto, de la Niñez y Adolescencia, del Trabajo y Seguridad Social de Villa Vaca Guzmán del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías por Resolución 37/2014 de 22 de julio, cursante de fs. 43 a 45, declaró la improcedencia “in límine” de la acción planteada fundamentando que, el accionante por intermedio de su representante aclara que la presente demanda suscitada no tiene por objeto los trabajos que involucran la ejecución de la obra del coliseo cerrado que viene ejecutando la Alcaldía Municipal de Villa Vaca Guzmán, pese a evidenciar la existencia de la venta realizada por sus hermanas, por la inclusión de una fracción del lote de su propiedad y consecuente avance en la ejecución de la obra del coliseo; asimismo, alude que ello será motivo de otra acción judicial, manifestando de manera libre y expresa su consentimiento sobre los actos de venta y ejecución de todos los trabajos que conlleva dicha obra; empero contrariamente refiere como objeto de esta acción los trabajos de acceso al indicado coliseo, los cuales forman parte integrante de la obra, y pide la restitución de los predios y paralización de la obra, recayendo la acción en la improcedencia determinada por los arts. “…74-2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional…” (sic) y 53.2 del Código procesal Constitucional (CPCo).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- Fragmento 5
- II.2. Análisis del caso concreto
- 1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata
- 2. Nombre y domicilio contra quien se dirige la acción, o los datos básicos para identificarla o identificarlo, así como, en el caso de que se conozca, el lugar donde pueda ser notificada o notificado
- 5. Identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados