Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2014-RCA
Fecha: 22-Ago-2014
I.3. Petitorio
Solicita se le conceda la tutela, dejando sin efecto el Auto de Vista 344/2013, disponiendo se emita una nueva resolución conforme a la jurisprudencia del “Tribunal Constitucional”; además se ordene al Juez y al Oficial de Diligencias del Juzgado Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz y el funcionario Policial que ejecutaron el mandamiento de desapoderamiento, restituirle el inmueble; por último: “…QUE LA DEMANDANTE HA CAUSADO PERJUICIOS SE ORDENE EL PAGO DEL MONTO INDEMNIZABLE POR DAÑOS Y PERJUICIOS A MI FAVOR…” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- I.5. Síntesis de impugnación
- Fragmento 7
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- II.2.
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión