AUTO CONSTITUCIONAL 0264/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0264/2014-CA

Fecha: 07-Ago-2014

II.2.  Marco normativo constitucional y legal

Por su parte, el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que las acciones de inconstitucionalidad podrán ser: “…de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.