AUTO CONSTITUCIONAL 0282/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0282/2014-CA

Fecha: 22-Ago-2014

I.3. Resolución de la autoridad judicial

Por Resolución 54/2013 de 18 de noviembre, cursante de fs. 19 a 20, el Juez de Instrucción, Mixto, Liquidador y cautelar del departamento de La Paz, rechazó la excepción de incompetencia suscitada por el Juez Sumariante del Cuarto Distrito Naval “Titicaca” de la Armada Boliviana, al encontrarse el proceso penal referido, en plena etapa de investigación en la cual el Ministerio Público, recolecta información de acuerdo al art. 301 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y pueda presentar a su autoridad cualquier requerimiento conclusivo correspondiente a dicha etapa.