SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1623/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1623/2014

Fecha: 19-Ago-2014

1)

Félix Baldir Banega Arce, Gerente General de NUDELPA Ltda., mediante informe escrito cursante de fs. 37 a 39, señaló lo siguiente: 1) Ante la falta de tramitación a la recusación presentada al inspector del trabajo, la Jefa Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió la conminatoria de reincorporación JDTBE 001/2014, vulnerando con este actuar irregular el derecho al debido proceso; 2) Sobre el particular la SCP 1413/2013 de 16 de agosto, expresó que el Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, en su art. 10.1 determina que cuando un trabajador sea despedido por causas no contempladas en el art. 16 de la LGT, podrá optar por el pago de los beneficios sociales o por su reincorporación; y, 3) Por lo que de acuerdo a la documentación adjunta se evidencia que se dio fiel cumplimiento a la conminatoria emanada por la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social, consistente en: Planilla de pago de los días faltantes de diciembre del 2013, planilla de pago de la quincena de enero de 2014, memorándum de reincorporación enviado a la mencionada Jefatura, por lo que no corresponde conceder la tutela, toda vez que la misma fue restituida con anterioridad a la presentación de la acción de amparo constitucional.