SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1680/2014
Fecha: 29-Ago-2014
a)
Juan José Jiménez Ríos y Jhosangela Hilaria Iriarte Arias, Técnico y Asesora Legal de la UNOT respectivamente, −ahora demandados−, presentaron informe que cursa a fs. 145 y vta., señalando que: a) La solicitud fue respondida el 29 de julio de 2013, a Willy Daniel Silva, en base a los criterios de la Asesora Legal de la UNOT, de 25 de junio y 4 de julio de 2013; b) El señalado informe y respuesta fueron utilizados por los accionantes contra la Asesora Legal, para iniciarle un proceso penal por falsedad material e ideológica; y, c) Por último, el 4 de diciembre del mismo año, se dio respuesta a la correspondencia de 17 de octubre, mediante informe de la UNOT, mismo que fue de conocimiento de los interesados.