Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2014-RCA
Fecha: 17-Sep-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 37/2014 de 12 de agosto, cursante de fs. 35 a 36 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Marina Cordero Chacón de Carretero en representación legal de la empresa unipersonal “CESCOR” contra Daney David Valdivia Coria, Director Ejecutivo General a.i. de la Autoridad de Impugnación Tributaria (AIT); Rosa Cecilia Vélez Dorado, Directora Ejecutiva a.i de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) La Paz; y, Wilder Fernando Castro Requena, Administrador a.i. de la Aduana Interior Oruro de la Aduana Nacional de Bolivia.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedencia
- notificación en secretaría de la administración aduanera
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2.
- II.4. Denegatoria del amparo constitucional por actos consentidos libre y expresamente
- II.5. Análisis sobre cumplimiento de requisitos de admisibilidad y de improcedencia en el caso concreto
- CONFIRMAR