Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2014-RCA
Fecha: 17-Sep-2014
notificación en secretaría de la administración aduanera
En ningún momento se dio cumplimiento con lo determinado por el art. 84 del CTB, que dispone la notificación personal con actos que imponen sanciones, más aún cuando correspondía aplicar lo determinado por la SCP 1911/2013, que declaró inconstitucional la frase “…notificación en secretaría de la administración aduanera…” (sic); tal como consta en antecedentes, no tuvo acceso en forma personal a la Resolución Administrativa de declaratoria de abandono.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedencia
- notificación en secretaría de la administración aduanera
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2.
- II.4. Denegatoria del amparo constitucional por actos consentidos libre y expresamente
- II.5. Análisis sobre cumplimiento de requisitos de admisibilidad y de improcedencia en el caso concreto
- CONFIRMAR