AUTO CONSTITUCIONAL 0250/2014-RCA
Fecha: 17-Sep-2014
I.
Refiere que, el fundamento para declarar la improcedencia de la acción planteada, en relación a la exigencia de agotar las vías de impugnación, es errado; toda vez, que no se consideró ni entendió que fue destituido de su fuente laboral por medidas o vías de hecho, lo cual le genera un daño inminente e irreparable, al ser esa su única fuente de ingreso económico, para su manutención y la de su familia, razón por la que solicitó la aplicación de la excepción del principio de subsidiariedad, prescrita en el art. 54.II del CPCo y desarrollado en la SCP 0330/2014 de 21 de febrero; aclarando que denunció el actuar de la accionada como medidas de hecho, transcribiendo al respecto la parte que considera pertinente de la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre.