AUTO CONSTITUCIONAL 0297/2014-CA
Fecha: 01-Sep-2014
II.3. Análisis del caso concreto
El Club accionante a través de su representante solicita se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta respecto al art. 45 del Estatuto del Jugador, Anexo III del Reglamento de la Ley del Deporte 2770, aprobado por el DS 27779, por ser presuntamente contrario a los arts. 109.II, 115.I y II, 180.II y 410 de la CPE; 4 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y, 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En tal sentido; toda vez que, el art. 73.2 del CPCo, exige que la acción de inconstitucionalidad concreta debe proceder en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición contra la que se promueve la acción; siendo que la presente acción de inconstitucionalidad concreta fue interpuesta el 25 de julio de 2014, la Sentencia 105/2014, ya había sido pronunciada por el Tribunal de Resolución de Disputas de la FBF, basada en la norma que recién se pretende sea sometida a control constitucional; por lo que, al no prever esta disposición ningún otro medio impugnativo, no existe una instancia legal pendiente de resolución en la cual se deba aplicar la normativa cuestionada como inconstitucional, este aspecto determina el rechazo de la misma por falta de oportunidad en la interposición de la presente acción, pues la falta de previsibilidad de la parte accionante no puede ser suplida a través de la presente acción.
Consecuentemente, se evidencia que los fundamentos utilizados en la presente acción no cumplen con los requisitos exigidos por el Código Procesal Constitucional, para que el Órgano encargado del control normativo de constitucionalidad pueda considerar el fondo de lo solicitado, correspondiendo su rechazo.
- Tribunal de Resolución de Disputas
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR