Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0313/2014-CA
Fecha: 09-Sep-2014
1.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
Por decreto constitucional de 18 de julio de 2014 (fs. 5), se suspendió plazo procesal por solicitud de documentación complementaria, reanudándose a partir de la notificación de la providencia de 22 de agosto del referido año (fs. 16 a 18); por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo legal.
- Percy Fernández Añez, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- 1.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- Debe ser promovido dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo por la autoridad encargada del proceso, ya sea, el juez, tribunal o autoridad administrativa, de oficio o a solicitud de alguna de las partes que intervienen en el proceso;
- RATIFICAR