Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1702/2014
Fecha: 01-Sep-2014
a)
El Juez Onceavo de Instrucción en lo Penal, en la audiencia de acción de libertad, informó que: a) Existe la Resolución de 31 de enero de 2014, por la cual concedió el recurso de apelación; y, b) Ante la interrogante de la Jueza de garantías, respecto del estado actual del caso, refirió que “...Ahora no cursa la resolución la acta y al resolución se encuentra en borrador para corregir algunos datos de taipeo” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR